El sorteo se realizará por extracción de boletos de la tómbola.
El sorteo se llevará a cabo ante la presencia del INSPECTOR que para tal efecto designe la SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN.
Al inicio del evento se informará al público presente:
El número del permiso otorgado por la Secretaría.
El nombre del inspector.
El número de boletos emitidos y su precio unitario.
El número de premios a entregar.
El procedimiento para realizar el sorteo.
De la tómbola se extraerán los 27 premios de mayor a menor valor. De acuerdo a lo establecido en el Artículo No. 119 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, los boletos no vendidos o distribuidos no participarán en el sorteo.
Para llevar un control de los ganadores se elaborará un acta que incluya número de boleto, nombre del participante ganador, premio adjudicado y firma del Inspector de la Secretaría de Gobernación como Visto Bueno.